Tras revisar la pena de un agresor sexual en aplicación de la Ley de ‘solo sí es sí’, la Audiencia Provincial de Bizkaia la ha rebajado de cuatro años y medio de prisión a tres años. De esta forma, el condenado ya habría cumplido la pena.
El Tribunal Supremo ha establecido que los tribunales podrán rebajar la pena a los condenados por delitos sexuales debido a la entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la Ley «solo sí es sí», aunque ha matizado que deberá hacerse «caso por caso, y no de forma global».