La Ertzaintza asume todas las funciones que le proporciona el Estatuto de Gernika en los puertos vascos

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La Ertzaintza opera desde ayer en los puertos de Euskadi, ampliando así su despliegue y asumiendo su tarea de prevención y servicio de seguridad en todos los puertos de la Comunidad Autónoma Vasca.

Los gobiernos vasco y español acordaron en julio de 2024, en la Junta de Seguridad del País Vasco, delimitar las competencias en los puertos y aeropuertos de Euskadi. En consecuencia las labores policiales de la Ertzaintza se extienden ya a los puertos de Euskadi, incluida la lámina de agua. Además, la Ertzaintza asumirá la responsabilidad policial de los planes de apoyo operativo en las infraestructuras críticas del Puerto de Bilbao, incluido el propio puerto y su zona restringida.

El Estatuto de Gernika recoge en su Artículo 17.1. que corresponden a la Ertzaintza “la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo” así a partir de hoy también ejercerá esas funciones como policía integral en los puertos de Euskadi. Estas serán las funciones de la Ertzaintza en los puertos:

  • Protección Ciudadana:
    • Prevención del delito mediante el patrullaje ordinario.
    • Auxilio y protección de las personas y la conservación y custodia de bienes.
    • Garantizar velar por los derechos y libertades de la ciudadanía.
    • Mantenimiento del orden público.
    • Control de las vías y emplazamientos del puerto.
    • Vigilancia y protección de las infraestructuras críticas del puerto.
    • Cumplimiento de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
  • Policía Judicial:
    • Investigación, persecución y esclarecimiento del delito.
    • Detección y detención de personas delincuentes.
    • La recepción de denuncias ante ilícitos penales, las diligencias relacionadas con los hechos presuntamente delictivos, y la ocupación y custodia de los objetos que provinieren del delito o estuvieren relacionados con su ejecución.
    • Prestar auxilio a la autoridad Judicial y Fiscalía.
  • Seguridad Vial:
    • Control de las vías y del tráfico de vehículos.
    • Los informes y atestados relacionados con la siniestralidad vial.
    • Ejecución de las campañas preventivas impulsadas por la Dirección de Tráfico.
  • Policía Asistencial:
    • Prestar el auxilio y atención necesaria para las personas que transitan por el puerto.
    • Colaborar con la Dirección de Atención de Emergencias en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
  • Policía Administrativa:
    • Colaborar con la autoridad portuaria en el cumplimiento de la legislación administrativa.
  • Zona de aguas marítimas de los puertos.
    • Completa extensión de las aguas interiores, incluida la lámina de agua y espacio aéreo del puerto.
    • Acompañamiento y/o protección de buques turísticos, de materias o sustancias peligrosas…
    • Control tráfico marítimo.
    • Tareas de inspección
  • Espacio aéreo
    • Control y seguimiento desde el espacio aéreo.
    • Detección e inhibición dentro del espacio aéreo de los puertos.